Cómo ceder una marca registrada en Colombia: guía rápida

Por Luis MontoyaActualizado el 5 min de lectura

Socio de MK Global IP · +20 años en propiedad industrial

Respuesta rápida

Ceder una marca registrada significa transferir su titularidad —por venta, donación, aporte a una sociedad u otro negocio jurídico— a otra persona o empresa, que pasa a ser la nueva titular. Puede ser total o parcial, por algunas clases o productos. Se formaliza con un contrato de cesión y se inscribe ante la SIC, pagando la tasa oficial correspondiente: solo desde la inscripción es oponible frente a terceros. Es distinta de la licencia, que autoriza el uso sin cambiar de dueño.

Una marca no es solo un nombre o un logo: es un activo patrimonial, igual que cualquier otro bien de tu empresa. Eso significa que se puede vender, donar, heredar o aportar a una sociedad, igual que un inmueble o una maquinaria. La forma legal de transferir ese activo se llama cesión, y aquí te explicamos qué es, cómo se hace y en qué se diferencia de simplemente autorizarle a alguien su uso.

¿Qué significa ceder una marca?

Ceder una marca es transferir su titularidad a otra persona natural o jurídica. El cedente (quien tenía la marca) deja de ser el titular, y el cesionario (quien la recibe) pasa a serlo en su lugar, con todos los derechos que eso implica: uso exclusivo, posibilidad de licenciarla a terceros, de oponerse a marcas parecidas y de renovarla cuando corresponda.

La cesión puede originarse en distintos negocios jurídicos: una venta, una donación, un aporte a una sociedad —por ejemplo, cuando conviertes un negocio personal en una empresa y aportas la marca como parte del capital— u otro acto que transfiera la propiedad del activo. También es posible ceder una marca que todavía está en trámite de registro ante la SIC, no solo una ya concedida.

Cesión total o parcial

La cesión no siempre es de todo o nada:

Cuando la cesión es parcial, el contrato debe dejar muy claro qué productos, servicios o clases específicas se transfieren, para evitar ambigüedades frente a la SIC o frente a terceros.

Cómo se hace: contrato + inscripción ante la SIC

La cesión se formaliza en dos pasos:

  1. Contrato de cesión. Un documento que identifica claramente a las partes (cedente y cesionario), la marca objeto de la cesión (nombre, número de registro o de solicitud, clases) y el negocio jurídico que la origina.
  2. Inscripción ante la SIC. El contrato, por sí solo, no basta. Para que el cambio de titular sea oponible frente a terceros —es decir, para que valga frente a cualquiera que consulte el registro— la cesión debe anotarse en el expediente de la marca ante la Superintendencia de Industria y Comercio. Este trámite tiene su propia tasa oficial, distinta de la tasa de registro; confirma el valor vigente antes de radicar.

Las formalidades exactas del contrato de cesión (firmas autenticadas, documentos adicionales si el cesionario es una persona jurídica, etc.) pueden variar según el caso. Antes de firmar, lo más seguro es que un abogado revise el contrato y el trámite ante la SIC.

Cesión vs. licencia: no es lo mismo

Es fácil confundir la cesión con la licencia de uso, pero son dos figuras distintas:

CesiónLicencia
¿Cambia el titular?Sí, el cesionario es el nuevo titularNo, el titular original sigue siendo el mismo
¿Qué se transfiere?La propiedad de la marcaSolo el permiso de uso
¿Por cuánto tiempo?Indefinido —es un cambio de dueñoEl plazo que pacten las partes

En la licencia, el titular autoriza a un tercero a usar su marca —normalmente a cambio de una regalía— pero sigue siendo el dueño. En la cesión, el cambio es definitivo: quien cede pierde la titularidad.

¿Qué pasa después de inscribir la cesión?

Una vez la SIC anota la cesión en el expediente, el cesionario queda registrado como el nuevo titular de la marca. Desde ese momento es quien tiene el derecho exclusivo sobre el signo, y también quien asume las obligaciones que vienen con él —entre ellas, renovarla a tiempo cuando se acerque el vencimiento, para no perder el activo que acaba de adquirir.

Si todavía no tienes una marca registrada y lo que buscas es constituir ese activo desde cero, el punto de partida es distinto: te conviene revisar cómo registrar una marca en Colombia.

¿Vas a ceder o a recibir una marca? Un abogado puede revisar el contrato y el trámite ante la SIC.

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre ceder una marca y darla en licencia?

Con la cesión, la titularidad cambia de dueño: el cesionario pasa a ser el nuevo titular. Con la licencia, el titular original sigue siendo el mismo y solo autoriza a un tercero a usar la marca, normalmente a cambio de una regalía.

¿Se puede ceder una marca solo para algunas clases?

Sí. La cesión puede ser total —toda la marca, todas sus clases— o parcial, cuando el titular cede el derecho solo sobre algunos productos, servicios o clases de Niza y conserva el resto.

¿Desde cuándo es válida la cesión frente a terceros?

El contrato es válido entre las partes desde su firma, pero solo es oponible frente a terceros —incluida la SIC— desde que la cesión queda inscrita en el expediente de la marca.

En resumen

Ceder una marca es transferir su titularidad a otra persona o empresa, por venta, donación, aporte a una sociedad u otro negocio jurídico similar. Puede ser total o parcial, se formaliza con un contrato de cesión y solo produce efectos frente a terceros cuando queda inscrita ante la SIC. No la confundas con la licencia: ceder cambia de dueño, licenciar solo autoriza el uso.

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